Uno de los documentos que se ha de entregar al paciente, en su caso, es el acreditativo de la necesidad de desplazamientos para su intervención psicológica, a cuyo efecto podéis utilizar el que ha elaborado y publicado el Consejo General de la Psicología de España, que se puede descargar pulsando sobre este enlace.
Otro documento que se ha de entregar al paciente, en su caso, es el certificado acreditativo de que un paciente, por el perjuicio que puede suponer para su salud, su seguridad y la seguridad de sus familiares, en base al artículo 2º de la Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se le ha prescrito la conveniencia a circular por las vías de uso público, que se puede descargar pulsando sobre este enlace.