Ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo 2023-2024

La División de Psicología Educativa, (PsiE), del Consejo General de la Psicología de España, nos comunica que el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha convocado las ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, para el curso académico 2023-2024, de las que se pueden beneficiar menores que atendemos.

Además, la concesión de estas ayudas implican evaluaciones e informes, que acrediten su situación, en las que podemos intervenir profesionales de la Psicología.

Por estos motivos, se adjunta el texto completo de la convocatoria, pulsando sobre este enlace, de la que se expone un resumen a continuación.

Resumen:

Se convocan, para el curso 2023-2024 las siguientes ayudas individualizadas:

a) Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.

También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con Trastorno del espectro autista (TEA) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas.

También podrán ser beneficiarios de estos subsidios los alumnos con TEA, pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior.

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

d) Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.

También podrá ser beneficiario de este subsidio el alumnado con TEA no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas y el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con TEA y los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades.

Entre los requisitos exigidos, se incluyen (arts. 2 y 3):

-Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, deben acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante:

a.- Certificado de discapacidad de, al menos, el 33 por ciento en el caso de alumnos con discapacidad.

b.- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma o certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente, en el caso de alumnos con trastornos graves de conducta o trastornos graves la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.

-Los alumnos con TEA deben aportar certificado médico expedido por los servicios de salud sostenidos con fondos públicos y acreditar la necesidad específica de apoyo educativo mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.

-Los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada altas capacidades intelectuales, certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.

Solicitudes y sus plazos:

Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet al que se puede acceder pulsando sobre este enlace, o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional pulsando aquí.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día 8 de mayo de 2023 hasta el día 20 de septiembre de 2023, ambos inclusive.

Componentes de las ayudas y cuantías:

– Enseñanza: hasta 862,00 euros.

– Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.

– Comedor escolar: hasta 574,00 euros.

– Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.

– Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.

– Transporte urbano: hasta 308,00 euros.

– Libros y material didáctico:

Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.

Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.

– Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

– Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general: 400 euros.

– Cuantía asociada a altas capacidades: una cantidad máxima de 913,00 euros

Extracto de la Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2023-2024

La información completa, pulsando en este enlace.

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