El pasado 8 de junio, el Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha celebró, tanto su Asamblea General Ordinaria como una Asamblea General Extraordinaria en la que, en presencia de los/as colegiados/as asistentes, se expusieron para su aprobación la memoria de actividades desarrolladas durante 2023 y de la memoria económica del citado año, ambos documentos se publicarán en el Portal de Transparencia de la página web del colegio.
A continuación, se expuso la información relativa a los informes de auditoría externa realizada por la empresa independiente Audimancha, y en la que queda reflejada la solvencia económica y transparencia del COPCLM entre los años 2019 a 2023, y cuyos informes también se publicarán en dicho Portal de Transparencia.
En la Asamblea ordinaria, se expuso que, ante la coyuntura económica, el aumento de precios y la actualización de la cuota que se aporta al Consejo de Colegios de Psicología de España, se propuso la actualización de la cuota colegial y se acordó el establecimiento de la misma en 108 euros/semestre.
Seguidamente se llevó a cabo la propuesta y ratificación del acuerdo de Junta de Gobierno relativo a la incorporación de Carmelo Sierra López como vocal de la Comisión Deontológica del COPCLM.
Finalizada la Asamblea ordinaria, se dio paso a la Asamblea Extraordinaria en la que se presentó el acuerdo de cambio de denominación actual del Colegio Oficial de Psicólogos de Castilla-La Mancha, que pasa a denominarse Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha, facultando a la Junta de Gobierno y Comisión Permanente a realizar todos los trámites necesarios, modificaciones o adaptaciones que fueran precisas para su inscripción registral definitiva en el Registro de Colegios Profesionales. Se motiva la modificación en la necesidad de adaptar el Colegio a criterios explícitos de inclusión de la mujer en nuestro ámbito profesional, acorde con la realidad social y profesional actual.
Por otra parte, se presentó el acuerdo de modificación del artículo 79 de los estatutos del colegio para incluir la tipicidad de las infracciones deontológicas por faltas leves, graves y muy graves.