Colégiate

Solicitud de Alta Colegial

Documentos

a) Formulario de alta colegial debidamente cumplimentado.
 
b) Fotocopia u original del Documento Nacional de Identidad.

c) Título original y fotocopia del mismo por ambas caras, o fotocopia del mismo compulsada. En caso de no estar en posesión del título, deberán presentar los resguardos de haberlo solicitado y hoja de calificación de notas, junto con una fotocopia de dichos resguardos y de la hoja (compulsadas).

Nota: Las Titulaciones superiores obtenidas en países extranjeros, además del título, deberán presentar el certificado de homologación o Reconocimiento de Títulos obtenidos en la Unión Europea obtenido por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (original).

d) Nombre, número de cuenta, agencia y domicilio completo de la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros donde se desee que pasen los recibos del Colegio.

e) Enviar resguardo de transferencia bancaria por el importe correspondiente de la cuota de inscripción.

f) Rellenar el Formulario de autorización de datos de carácter personal.

g)  Justificante de transferencia o ingreso bancario de las dos cuotas necesarias para la colegiación (inscripción+semestre o parte proporcional), cuyas cuantías se especifican más adelante.

h) Enviar las inscripciones a la dirección de correo electrónico: copclm@copclm.com

Cuotas

Cuota de Inscripción

Los licenciados anteriores a la última promoción deberán abonar 110,00 €. (Si perteneces a la última promoción, será de 70,00 €). Solo se abonará una vez.

Cuota Mensual

Esta cuota se cobrará semestralmente mediante recibos de 108 € (Enero y Julio). (Esta cuota es de 18 €/mes, debiendo abonar por adelantado el período que va desde el mes de colegiación hasta completar el semestre en que se colegien)

Domiciliación:

Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha.
C/ Cruz, 12 Bajo – 02001 – Albacete.

Nº de Cuenta:

Globalcaja
Entidad – Oficina – DC – Núm. de cuenta.
IBAN ES 59 3190 0092 63 0279077929

Descargar el formulario de alta colegial

Descargar el formulario autorización datos

Solicitud de Traslado de Expediente

Las personas interesadas en trasladar su expediente del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha a otro COP o viceversa, deben cumplimentar el siguiente formulario de consultas y enviarlo a través de nuestra ventana on-line, o mediante correo postal, fax o presencialmente en la sede del Colegio.

Cuota traslado al COPCLM : 30 €

Solicitud de traslado de expediente

Solicitud de Baja Colegial

Para solicitar baja colegial es necesario cumplir los siguientes requisitos:

1) Presentar carta motivada de BAJA VOLUNTARIA, especificando en ella el nombre, número de colegiado, fecha de la baja y firma.

2) Entregar el carné de colegiado.

3) La baja colegial solo es posible tras acreditar el cese del ejercicio profesional. Aportar documentación que acredite el cese de actividades profesionales en el ámbito de la Psicología como, por ejemplo: informe de vida laboral de la Seguridad Social, certificado de Hacienda de baja del Impuesto de Actividades Económicas, carta de despido de la empresa en la que el profesional prestara servicios como psicólogo, carta de los responsables de la Administración o empresa haciendo constar que no se ejercen funciones como psicólogo, etc.

4) Estar al corriente del pago de las cuotas colegiales. La baja deberá ser comunicada, al menos, con 15 días de antelación al cobro de cada semestre (antes del 15 de Junio y diciembre del año en vigor).

Puede iniciar su solicitud de baja colegial cumplimentando el siguiente formulario de baja y enviándolo a través de nuestra ventana on-line y presentar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

La documentación es requisito esencial para que la baja pueda ser efectivamente tramitada ya que con este procedimiento es posible garantizar a los usuarios que los profesionales que ejercen la Psicología cumplen los requisitos mínimos legales establecidos.

Descargar el formulario de Baja Colegial.

Reincorporación al COPCLM.

La reincorporación al Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha después de una baja por cualesquiera de los motivos contemplados en el artículo 8 de los Estatutos del Colegio, se regirá, de conformidad en el artículo 9, por las mismas normas de incorporación, lo que también implicará la concesión de un nuevo número de colegiado/a, perdiéndose el número de colegiación que se tuviera con anterioridad a la baja.

Sociedades Profesionales.

A) Solicitud de Inscripción
Trámites previos

Antes de efectuar la inscripción en el Colegio, la Sociedad tiene que haber realizado previamente los siguientes pasos:

a) Haber realizado ante notario la escritura pública como Sociedad Profesional.

b) Haber inscrito la sociedad profesional en el Registro Mercantil.

Documentos.

a) Original y fotocopia de la escritura de la sociedad profesional.

b) Identificación de los socios, profesionales psicólogos, número de colegiado y Colegio Profesional de pertenencia e identificación de la persona que se encargue de la administración y de la representación de la sociedad.

c) Datos bancarios para domiciliar la cuota correspondiente a las sociedades profesionales.

d) El resguardo acreditativo haber realizado las transferencias correspondientes a la cuota de inscripción y a la parte proporcional de la cuota desde el mes de inscripción hasta completar el semestre en curso.

Puede iniciar su solicitud de inscripción vía online a través de la web del Colegio enviando el formulario adjunto, y presentar la documentación arriba indicada por correo postal o presencialmente en la sede del Colegio.

También se pueden enviar las inscripciones a la dirección de correo electrónico: copclm@copclm.com

Colegiados jubilados no ejercientes

La Asamblea General del Colegio Oficial de la Psicología de Castilla-La Mancha, en sesión celebrada el 18 de diciembre de 2020, y en sesión de la Junta de Gobierno de 11 de enero de 2021, en uso de la habilitación concedida por la asamblea, acordó la modificación del artículo 5 consistente en añadir un párrafo al artículo 5 y la modificación del artículo 11 para la creación del colegiado jubilado no ejerciente.

Artículo 5 (Párrafo añadido).

Podrán incorporarse al Colegio, como colegiados jubilados no ejercientes, aquellos profesionales que, encontrándose en situación de retiro del ejercicio de la profesión, soliciten su incorporación como tales, para lo cual será necesario que hayan estado incorporados al Colegio al menos en los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud, o bien que hayan estado incorporados durante diez años interrumpidos, de los cuales, al menos dos, deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud. Los colegiados jubilados no ejercientes no podrán ser electores ni elegibles y carecerán de voto en las Asambleas Generales. Tendrán derecho a los servicios del Colegio, abonando una cuota que será fijada por la Asamblea General y que será inferior a la que abonen los colegiados ordinarios.

Artículo 11. Colegiados no ejercientes.

Se establecen dos categorías:

1.- Colegiado no ejerciente: Serán colegiados no ejercientes los psicólogos que deseen pertenecer al Colegio y no ejerzan profesión de psicólogos. La cuota de los colegiados no ejercientes será igual a la de los ordinarios teniendo acceso a los mismos servicios y derechos que éstos.

2.- Colegiado jubilado no ejerciente, de conformidad con el contenido del artículo 5 de los presentes Estatutos”.

La cuota es de 25 euros al semestre.

2023-06-02 XV Jornada Regional Psicología y Sociedad (25)
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