Convenio con Codex abogados para la reclamación de la nulidad de cláusulas suelo en préstamos hipotecarios.

¿Qué es la cláusula de suelo? Se trata de una cláusula que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo.

La mayoría de hipotecas que se suscriben en España tienen un tipo de interés que se fija en función de un tipo de referencia, sobre todo se aplica el valor del Euribor, más un diferencial que varía en función de la entidad.

Así, se conoce como suelo de la hipoteca aquel que fija un porcentaje mínimo aunque el interés surgido de la suma del Euribor y el diferencial sea inferior.

¿Qué características ha de reunir la cláusula suelo para que sea nula?

– Falta información suficientemente clara de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.

– Que se encuentren insertas de forma conjunta con las cláusulas techo y como aparente contraprestación de las mismas.

– No existan simulaciones de escenarios diversos relacionados con el comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar.

– No haya información previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo de la propia entidad o advertencia de que al concreto perfil de cliente no se le ofertan las mismas.

– Ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor.

¿Cómo reconocer si hay una cláusula suelo?

Nosotros, sin compromiso, veremos su escritura y le diremos si tiene o no la cláusula.

Modo de trabajo.

Análisis concreto y especifico del caso. Estudio de posibilidades. Presupuesto a éxito de la reclamación.

Procedimiento.

Cobro de 50 € al inicio en concepto de gastos. Intento de solución previa al juzgado. En caso de que no haya otra solución, interposición de la correspondiente demanda en reclamación de la nulidad de la cláusula, la devolución del exceso de intereses abonados, en su caso, y las costas judiciales. Cobro del 10% de las cantidades que se obtuvieran por resolución judicial, en su caso, en concepto de reclamación del exceso de intereses abonados.

¿Cómo localizarnos?

Codex Abogados Procuradores.
A la atención de Alejandro Ruiz.
Teléf. 627 96 77 88

¡Sólo cobramos si ganamos!

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